Se ha publicado en el BOE de hoy el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

Este real decreto tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico de los traslados de residuos entre comunidades autónomas para su valorización o eliminación, regulado en el artículo 25 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y garantizar la plena coherencia del régimen de traslado de residuos con el Reglamento comunitario.

Esta normativa mejora la trazabilidad de los traslados desde el lugar de origen del residuo hasta el destino final, asegurando un correcto tratamiento del mismo. Por ello, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de forma electrónica de los requisitos del procedimiento regulado para los traslados, se pone en marcha un sistema electrónico común de información que permite la armonización en todo el territorio del Estado («e-SIR»).

Asimismo, clarifica algunos aspectos del procedimiento establecido en el anterior Real Decreto, como el ámbito de aplicación (se exceptúa de la notificación previa y documento identificación para transportes de residuos a las empresas de instalación o mantenimiento, logística inversa o particulares a puntos de recogida como puntos limpios), o la figura de “operador de traslado” que se ajusta al reglamento comunitario.

El Real Decreto entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2020.

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