Subvenciones para impulsar la contratación indefinida de personas desempleadas de colectivos de atención prioritaria en la Comunitat Valenciana

Ene 30, 2026 | General

ATEVAL | El programa destina 4,5 millones de euros a fomentar empleo estable para desempleados en riesgo de exclusión, mayores de 50 años, personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos de atención prioritaria para el empleo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

El objetivo de estas ayudas es incentivar a las entidades empleadoras para que contraten a jornada completa a personas desempleadas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: personas en situación o riesgo de exclusión social, desempleo de larga duración, mayores de 50 años, personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

Podrán beneficiarse de estas subvenciones entidades privadas, incluidas las personas autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana que realicen contrataciones indefinidas a jornada completa después de la publicación de la resolución. Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.

El importe total máximo destinado a estas subvenciones asciende a 4.500.000 euros, con cuantías que oscilan entre 10.000 y 25.000 euros en función del colectivo y circunstancias de la persona contratada. Por ejemplo, las mujeres en colectivos a), b) o c) recibirán 12.500 euros, mientras que las mujeres víctimas de violencia de género contarán con 20.000 euros y las personas con discapacidad severa hasta 25.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 29 de enero a las 10:00 horas y se mantendrá hasta el 15 de junio de 2026, siempre después de la contratación y alta en la Seguridad Social de la persona objeto de subvención.

 

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