ATEVAL | Aspectos importantes para lograr una actuación de éxito con los Sistemas de Certificados de Ahorro Energético
Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha conseguido un nuevo ahorro de energía final equivalente a 1 kWh. De esta forma, si se acomete una actuación que implica un nuevo ahorro anual de 500 kWh, se podrán obtener 500 CAE.
Este instrumento permite vender a terceras partes el resultado de la mejora (principalmente las comercializadoras de electricidad y gas), recuperando parte del coste de las inversiones en eficiencia energética (cambio de iluminación, mejora del aislamiento térmico, renovación de equipos industriales o domésticos, etc.), ya que el usuario final podrá recibir una contraprestación si los ahorros obtenidos han sido certificados mediante el Sistema de CAE’s.
- 26-01-2023: Fecha de puesta en marcha del sistema CAE
- Propietario del Ahorro: el que vende el CAE’s
- Sujeto Obligado: el que compra el CAE’s
- Unidades de compraventa: 1 CAE = 1 kWh ahorrado.
- Precio de la unidad de compraventa: Mercado libre, acuerdo entre las partes.
Objeto:
Monetización de los ahorros derivados de proyectos de Eficiencia Energética.
Cálculo del Ahorro Energético
- Proyecto tipificado: Fichas de proyectos definidos por la administración (Miteco)
- Proyecto singular: Para proyectos no tipificados hay que crear un sistema propio de documentación y cálculo verificable que siga los ejes básicos de las fichas. Implica un sistema de monitorización con registros pre y post implantación. (Recomendación: ISO50001)
Cuestiones a tener en cuenta
Retroactividad:
- Se pueden monetizar proyectos con retroactividad de 3 años (no anteriores a la fecha de puesta en marcha del sistema)
Compatibilidad:
- Compatible con otras subvenciones con excepciones
- Incompatibles con subvenciones vinculadas al FNEE.
- La lista de subvenciones incompatibles coincida con la publicada por el IDAE.
Fiscalidad:
- Los CAE’s se consideran un bien mueble y, por lo tanto, pagan impuestos.
- Energías Renovables: No se consideran una medida de ahorro energético, por tanto, los proyectos basados en renovables no están cubiertos.
- Instalaciones de nueva creación: No se consideran proyectos de ahorro. (Hay algunas excepciones, como la implantación de variadores de frecuencia.)
Compras58 ha realizado un acuerdo con una empresa especializada en eficiencia energética para la gestión de dichos CAE’s. Si está interesado, puede solicitar más información.
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Beatriz Contreras
Técnico de compras Telef. 647 938 545 b.contreras@compras58.com |


