ATEVAL | Resoluciones ayudas
Algunas de las empresas que solicitaron las ayudas para las empresas gas intensivas reguladas en el Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio, por el que se adoptaron y se prorrogaron determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania recibieron una resolución denegatoria. La mayoría de las empresas que recibieron esta denegación vino producida por no poder acreditar el CNAE 1330 como actividad principal en la AEAT o bien en la TGSS.
Desde ATEVAL y el Consejo Intertextil Español se aconsejó un procedimiento de recurso, a día de hoy hemos podido saber que varias de las empresas que cursaron las alegaciones no han recibido respuesta por parte de la AEAT. Es por este motivo que desde nuestra organización recomendamos presentar una instancia en la mayor brevedad posible para que la AEAT conteste expresamente las alegaciones (o recursos) presentados de forma individual por cada empresa.
Adjuntamos modelo por si fuera de su interés:

Una vez presentado este escrito recomendamos esperar 10 días hábiles y si pasado este periodo de tiempo la AEAT no contesta recomendamos presentar el escrito de forma semanal.
Es importante tener una respuesta escrita para poder organizar y emprender futuras acciones coordinadas. En breve, informaremos acerca de un posible proceso coordinado y conjunto para aquellas empresas que hayan recibido o reciban una denegación de las alegaciones presentadas.
Asimismo, informamos que la base de las ayudas para las empresas gas intensivas de este año 2023 se esperan para este mes de junio y la convocatoria a más tardar en el mes de julio. En esta ocasión el procedimiento no será el mismo que en el año anterior y el sistema de subvención será completamente diferente, una vez publicadas enviaremos toda la información.
Quedamos a vuestra disposición y en caso de necesitar cualquier aclaración puedes contactar con Salomé Beneyto – salome@ateval.com