El IVF y Bankia han suscrito un convenio de cofinanciación de inversiones y necesidades de circulante de proyectos empresariales desarrollados por empresas de la C.V., entre los que destacan los siguientes detalles:
Beneficiarios y requisitos de los proyectos:
– Podrán solicitar esta financiación empresas con sede social u operativa en la C.V. No obstante, podrán solicitar financiación aquellas empresas que teniendo su domicilio social fuera de la C.V., desarrollen un proyecto empresarial en territorio valenciano.
– Quedan excluidas las sociedades patrimoniales (excepto para el caso de las sociedades patrimoniales que pertenezcan a un grupo industrial o comercial y hagan la inversión para su actividad empresarial), así como las empresas pertenecientes a los sectores inmobiliario, asegurador y financiero.
– Las empresas deben acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros.
Condiciones del préstamo:
– La cofinanciación del IVF-Bankia en esta en línea se instrumenta a través de una única operación de préstamo (en Bankia).
– La financiación al beneficiario final en cuanto a plazo, carencia, amortización y condiciones financieras y desembolsos entre Bankia e IVF serán idénticos.
– Las condiciones de los préstamos destinados a financiación de inversiones y necesidades de circulante serán las siguientes:
– Importe: con carácter general, el importe total de las operaciones cofinanciadas será como mínimo de 500.000 € y máximo de 5.000.000 € por beneficiario, y la participación del IVF en cada operación será de mínimo de 250.000 € y máximo de 2.500.000 € (límite para empresa o grupo).
– Plazo: entre 1 – 10 años para inversiones y hasta 3 años para circulante.
– Carencia: hasta 2 años, incluidos en el plazo.
– Tipos de interés: con carácter general, euribor a 12m + diferencial, que se determinará en función de la calidad del riesgo.
– Comisión de apertura: mínima del 0,5 % sobre el importe formalizado del préstamo.
– Comisión de intermediación: hasta un 0,125 % sobre el importe formalizado del préstamo.
– Comisión de cancelación anticipada: mínima del 0,5 % del importe amortizado anticipadamente.
– Garantías: cualesquiera de las admitidas en Derecho, una vez analizada la viabilidad del proyecto de inversión y la solvencia de la empresa solicitante. Las garantías aportadas se compartirán entre Bankia e IVF al 50 %. En caso de aval bancario, se aportarán dos avales al conjunto de financiación.
Proyectos financiables:
– Proyectos de inversión y necesidades de circulante.
– Quedan excluidas las operaciones destinadas a la refinanciación y/o cancelación total o parcial de operaciones preexistentes con Bankia o con otra entidad tercera.
– Se deberá aportar documentación justificativa de los conceptos financiables de forma previa de los desembolsos de fondos.
Tramitación:
Las solicitudes de financiación serán tramitadas a través de Bankia, quienes presentarán las solicitudes al IVF.
Cualquier consulta puede dirigirla a desarrollo.negocio@ivf.es