El IVF y Bankia han suscrito un convenio de cofinanciación de inversiones y necesidades de circulante de proyectos empresariales desarrollados por empresas de la C.V., entre los que destacan los siguientes detalles:

Beneficiarios y requisitos de los proyectos:
– Podrán solicitar esta financiación empresas con sede social u operativa en la C.V. No obstante, podrán solicitar financiación aquellas empresas que teniendo su domicilio social fuera de la C.V., desarrollen un proyecto empresarial en territorio valenciano.

– Quedan excluidas las sociedades patrimoniales (excepto para el caso de las sociedades patrimoniales que pertenezcan a un grupo industrial o comercial y hagan la inversión para su actividad empresarial), así como las empresas pertenecientes a los sectores inmobiliario, asegurador y financiero.

– Las empresas deben acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros.

Condiciones del préstamo:
La cofinanciación del IVF-Bankia en esta en línea se instrumenta a través de una única operación de préstamo (en Bankia).

– La financiación al beneficiario final en cuanto a plazo, carencia, amortización y condiciones financieras y desembolsos entre Bankia e IVF serán idénticos.

– Las condiciones de los préstamos destinados a financiación de inversiones y necesidades de circulante serán las siguientes: 

        – Importe: con carácter general, el importe total de las operaciones cofinanciadas será como mínimo de 500.000 € y máximo de 5.000.000 € por beneficiario, y la participación del IVF en cada operación será de mínimo de 250.000 € y máximo de 2.500.000 € (límite para empresa o grupo).

         – Plazo: entre 1 – 10 años para inversiones y hasta 3 años para circulante. 

        – Carencia: hasta 2 años, incluidos en el plazo.

         – Tipos de interés: con carácter general, euribor a 12m + diferencial, que se determinará en función de la calidad del riesgo. 

        – Comisión de apertura: mínima del 0,5 % sobre el importe formalizado del préstamo. 

        – Comisión de intermediación: hasta un 0,125 % sobre el importe formalizado del préstamo. 

        – Comisión de cancelación anticipada: mínima del 0,5 % del importe amortizado anticipadamente. 

        – Garantías: cualesquiera de las admitidas en Derecho, una vez analizada la viabilidad del proyecto de inversión y la solvencia de la empresa solicitante. Las garantías aportadas se compartirán entre Bankia e IVF al 50 %. En caso de aval bancario, se aportarán dos avales al conjunto de financiación.

Proyectos financiables:
– Proyectos de inversión y necesidades de circulante.

– Quedan excluidas las operaciones destinadas a la refinanciación y/o cancelación total o parcial de operaciones preexistentes con Bankia o con otra entidad tercera.

– Se deberá aportar documentación justificativa de los conceptos financiables de forma previa de los desembolsos de fondos.

Tramitación:
Las solicitudes de financiación serán tramitadas a través de Bankia, quienes presentarán las solicitudes al IVF.

Cualquier consulta puede dirigirla a desarrollo.negocio@ivf.es