ATEVAL | Publicados los festivos laborales nacionales y de Comunidad Autónoma para el año 2025
De conformidad con lo establecido en el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, las diecisiete Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla han remitido al Ministerio de Trabajo y Economía Social la relación de fiestas laborales para el año 2025 con el objeto de dar publicidad a las mismas mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Con la finalidad de facilitar el general conocimiento en todo el territorio del conjunto de las fiestas laborales, la Dirección General de Trabajo es competente para disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de fiestas laborales comunicadas para el año 2025 de ámbito nacional, de comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla que figuran como anexo de la resolución Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo.
| 1 de enero | Año Nuevo * | 15 de agosto | Asunción de la Virgen * |
| 6 de enero | Epifanía del Señor ** | 9 de octubre | Día de la Comunitat Valenciana *** |
| 19 de marzo | San José ** | 1 de noviembre | Todos los Santos * |
| 18 de abril | Viernes Santo * | 6 de diciembre | Día de la Constitución Española * |
| 21 de abril | Lunes de Pascua *** | 8 de diciembre | Inmaculada Concepción * |
| 1 de mayo | Día del trabajo * | 25 de diciembre | Natividad del Señor * |
| 24 de junio | San Juan *** |
(*) Fiesta Nacional no sustituible.
(**) Fiesta Nacional respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución.
(***) Fiesta de Comunidad Autónoma.

