El Real Decreto-ley 25/2026 prorroga las medidas anticrisis y amplía el plazo para liquidar los CAE de 2026

Oct 1, 2026 | Economía

ATEVAL | El Real Decreto-ley 25/2026 prorroga las medidas anticrisis y amplía el plazo para liquidar los CAE de 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, que adopta y prorroga hasta finales de 2026 distintas medidas energéticas, fiscales y de apoyo a sectores productivos en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Entre las novedades destaca la ampliación del plazo para liquidar los Certificados de Ahorro Energético (CAE) correspondientes a 2026 solicitados antes del 1 de diciembre.

La norma, publicada en el BOE del 30 de septiembre de 2026, mantiene durante el último trimestre del año distintas actuaciones destinadas a amortiguar el impacto de las tensiones en los mercados energéticos sobre hogares y empresas. Entre ellas figuran reducciones fiscales sobre los carburantes, medidas sobre la tarifa regulada del gas, mecanismos de salvaguarda para la fiscalidad energética y la continuidad de determinadas ayudas sectoriales.

Rebajas fiscales para gasolina y gasóleo hasta diciembre de 2026

El Real Decreto-ley mantiene la reducción del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicable a la gasolina y el gasóleo durante el último trimestre del año.

La rebaja respecto a los tipos vigentes antes de las medidas anticrisis será de 20 céntimos de euro por litro en octubre, 13 céntimos en noviembre y 6 céntimos en diciembre.

La norma incorpora además mecanismos de salvaguarda vinculados a la evolución de los precios. Si el Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente supera determinados umbrales —más de un 15 % respecto al mismo mes del año anterior—, las reducciones fiscales previstas para noviembre y diciembre podrán incrementarse.

Límites al incremento de la tarifa regulada del gas

En materia de gas natural, se limita temporalmente el incremento del componente correspondiente al coste de la materia prima de la Tarifa de Último Recurso (TUR).

En la revisión del 1 de octubre de 2026, el aumento de este componente queda limitado al 35 % respecto al valor aplicado en la revisión anterior. En la revisión del 1 de enero de 2027, el límite será del 15 %.

Las diferencias de coste derivadas de esta limitación serán recuperadas posteriormente por los comercializadores de último recurso, junto con el correspondiente coste financiero, mediante las sucesivas revisiones tarifarias.

Salvaguardas fiscales para la electricidad y el gas

El Real Decreto-ley incorpora también mecanismos para recuperar temporalmente determinados tipos reducidos si vuelve a producirse un incremento significativo de los precios energéticos.

En el caso de la electricidad, si su IPC supera en más de un 15 % el registrado en el mismo mes del año anterior, podrá aplicarse en noviembre o diciembre, según el mes de referencia, un IVA reducido del 10 % a los suministros contemplados en la norma. El mismo mecanismo se establece para el gas natural y determinados combustibles de biomasa.

En esas mismas circunstancias, el Impuesto Especial sobre la Electricidad podrá reducirse al 0,5 %, respetando los niveles mínimos de imposición establecidos para los distintos usos.

Prórroga de ayudas a sectores afectados por el coste de los combustibles

La norma prolonga hasta el 31 de diciembre de 2026 diferentes mecanismos de apoyo vinculados al incremento de los costes energéticos.

Entre ellos se encuentran las ayudas al gasóleo profesional para el transporte por carretera y las destinadas a los sectores agrario y pesquero. También se establece una línea de ayudas directas para determinadas empresas dedicadas al transporte ferroviario de mercancías que utilicen locomotoras diésel.

Las empresas beneficiarias de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley estarán sujetas, hasta el 31 de diciembre de 2026, a determinadas limitaciones respecto a despidos, ceses de actividad o reducciones definitivas de puestos de trabajo cuando estas decisiones se justifiquen por causas vinculadas a la situación regulada por la norma.

Ampliación del plazo para liquidar los Certificados de Ahorro Energético de 2026

Una de las novedades de especial interés para las empresas es la modificación del régimen transitorio del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).

El Real Decreto-ley amplía a 2026 el mecanismo que permite liquidar después del 31 de diciembre los CAE que hayan sido solicitados antes del 1 de diciembre de 2026, siempre que su liquidación se produzca antes del 1 de marzo de 2027.

Esta ampliación evita que 2026 quede sometido a un plazo efectivo de liquidación más reducido que los ejercicios anteriores y se produce en un ejercicio en el que, según recoge el propio Real Decreto-ley, la obligación de ahorro energético prácticamente se ha duplicado.

La modificación se encuentra, además, en línea con lo planteado por ATEVAL en sus alegaciones a la reciente consulta sobre el proyecto de real decreto de modificación del Sistema de Certificados de Ahorro Energético, en las que se trasladó la necesidad de disponer de un plazo suficiente para completar la tramitación y liquidación de los ahorros correspondientes a 2026.

Consulta del Real Decreto-ley 25/2026 y nota resumen de CEOE

El Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 241, de 30 de septiembre de 2026.

El texto completo permite consultar todas las medidas aprobadas en materia de energía, fiscalidad, ayudas sectoriales, transporte, régimen sancionador, energías renovables y Certificados de Ahorro Energético.

Para facilitar el análisis de las principales novedades, también puede consultarse la nota resumen elaborada por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), que recoge las principales medidas del Real Decreto-ley en materia de fiscalidad energética, gas, renovables, eficiencia energética, Certificados de Ahorro Energético y ayudas sectoriales. La nota de CEOE recoge específicamente que los CAE de 2026 solicitados antes del 1 de diciembre podrán liquidarse antes del 1 de marzo de 2027.

Publicación: BOE núm. 241, de 30 de septiembre de 2026
Norma: Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre
Ámbito: medidas energéticas, fiscales y sectoriales
Vigencia de las principales prórrogas: hasta el 31 de diciembre de 2026
CAE 2026: los solicitados antes del 1 de diciembre podrán liquidarse antes del 1 de marzo de 2027
Documentación complementaria: Nota resumen de CEOE sobre la prórroga y nuevas medidas del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio

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